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sábado, 25 de junio de 2011

008- FUNDAMENTOS HISTÓRICOS DEL INDEPENDENTISMO VASCO Y CATALÁN, Y …¿REFORMA CONSTITUCIONAL? (y II)

“ La política es el campo de trabajo para ciertos cerebros mediocres “.
Friedrich Nietzsche (1844-1900) Filosofo alemán


Dijo Sun Tzu que…”el supremo arte de la guerra es doblegar al enemigo sin luchar”, y sinceramente creo que en esto consiste la solución del problema. Pero no por ello debemos ser débiles y doblegarnos ante minorías dictatoriales, normalmente de carácter totalitarista.

Sería muy fácil aplicarles lo que los militares en el arte logístico de hacer la guerra, denominan “ocupar un territorio enemigo”. Es muy simple, tropas armadas en cordón (hombre con hombre), con apoyo de artillería y armamento medio barren el terreno; inspeccionan y levantan hasta el último reducto; detienen, o matan si tienen resistencia enemiga, y después… ultiman lo ocupado con ”tierra calcinada”.

Insisto, sería muy fácil, por supuesto inhumano, impropio de un Estado de Derecho que respeta los Derechos Humanos, el comportase al mismo nivel que los terroristas,… “acercando de forma fría, traicionera y cobarde, el cañón de la pistola a la sien de un inocente, y a pesar de sus súplicas, apretar el gatillo”. Y sería mucho peor que después se brindase con champagne la victoria obtenida. Creo que nadie lo comprendería, como en su momento no se comprendió el GAL.

No obstante, ellos, la ETA lo ha hecho, se han enfrentado con el Estado de Derecho hasta conseguir casi los mil muertos, y no cuento los mutilados y heridos. No han tenido escrúpulos, se basan en intereses propios, con futiles justificaciones como las recogidas en los puntos de la “Alternativa KAS”, que fueron presentados en Pamplona el 30 de agosto de 1976, y que contienen una serie de ataques inequívocos contra la “opresión del Estado Español”.
Ese pueblo español que en una gran mayoría desconoce, entre otras cosas, que ETA ha realizado una Declaración formal de Guerra a España, que bien podría justificar cualquier intervención militar, tal y como hicieron los ingleses en el Ulster (Irlanda del Norte).

Conozcan que la Alternativa KAS, establece la lucha armada hasta la consecución de todos y cada uno de los siguientes puntos:

1.        Amnistía Total.
2.        Legalización de todos los partidos políticos, incluidos los independentistas sin necesidad de rebajar sus estatutos.
3.        Expulsión de Euskadi de la Guardia Civil, Policía Armada y Cuerpo General de Policía.
4.        Adopción de medidas para mejorar las condiciones de vida y trabajo de las masas populares y especialmente de la clase obrera. Satisfacción de sus aspiraciones sociales y económicas inmediatas expresadas por sus organismos representativos.
5.        Estatuto de Autonomía que cuando menos abarque los siguientes requisitos:
1.        Reconocimiento de la Soberanía nacional de Euskadi. Derecho de autodeterminación, incluido el derecho a la creación de un estado propio.
2.        El euskera lengua oficial, prioritaria de Euskadi.
3.        Las fuerzas de defensa ciudadana que sustituyan a las actuales represivas serán creadas por el Gobierno vasco y dependientes únicamente de él.
4.        Las fuerzas armadas acuarteladas en Euskadi, estarán bajo control del Gobierno Vasco.
5.        El pueblo vasco poseerá poderes suficientes como para dotarse de las estructuras económicas, sociales y políticas que considere más convenientes para su progreso y bienestar, así como para realizar cualquier transformación autónoma de las mismas».





¿LA REPRESENTATIVIDAD DE ETA Y DE LOS PARTIDOS CATALANES NACIONALISTAS?
Los españoles llevamos más de treinta años soportando a unos cuantos asesinos que han hecho de esta labor su profesión, que los estamos encima manteniendo, al igual que la de un puñado de familiares y los adlateres que les votan en el País Vasco. Soportando en los medios de comunicación todos los días noticias de "sus" problemas particulares, y de los asesinatos que hacen, cuando nuestra obligación es crear un país que lucha, crea y mira al futuro y su propio desarrollo.

Pero veamos las cifras reales, veamos qué “representatividad” pueden tener ante el resto de la población española, porque el español normal creo que desconoce los números reales, por eso, centrándonos en las últimas Elecciones Generales de 2008, estos son los Datos Electorales de las Elecciones Generales (marzo/2008):

PAIS VASCO. Partidos Nacionalistas Independentistas
ELECCIONES GENERALES 2008
Votantes : 25.900.442 (73,85%)
Censo real      : 35.073.179
PARTIDO/S POLITICOS
Votantes en el P.Vasco : 1.140.511 (64,03%)
Censo P.Vasco:  1.781.140
Votos obtenidos TOTALES
% s/Votantes nacionales
% s/ Censo real nacional
% s/ el Censo País Vasco
PNV
306.128
1,18 %
0,87 %
17,19 %
Nafarroa Bai
62.398
0,24 %
0,18 %
3,50 %
Eusko Alkartasuna
50.371
0,19 %
0,14 %
2,83 %
EB –B
50.403
0,19 %
0,14 %
2,83 %
Aralar
29.989
0,12 %
0,08 %
1,68 %
TOTALES =
448.886
1,92% s/Votado España
1,41%  s/Censo real España   
28,03 %   s/Voto País Vasco


CATALUÑA. Partidos Nacionalistas Independentistas
ELECCIONES GENERALES 2008
Votantes : 25.900.442 (73,85%)
Censo real  : 35.073.179
PARTIDO/S POLITICOS
   Votantes en Cataluña :  3.743.360 (70,30%)
Censo Catal. :  5.324.909
Votos obtenidos TOTALES
% s/Votantes nacionales
% s/ Censo real nacional
% s/ el Censo Cataluña
CIU
779.425
3,01%
2,22 %
14,64 %
ERC
298.139
1,15 %
0,85 %
5,60 %
ICV - EUIA
183.338
0,71 %
0,52 %
3,44 %
TOTALES =
1.260.902
4,87 % s/Votado España
1,28% s/Censo real España   
23,68 %  s/Voto Cataluña


Analicen los resultados,... ¿comprenden porqué desean obtener la Independencia a través de las armas, o como los catalanes, con subterfugios jurídicos y otorgando apoyos parlamentarios a partidos que se dejan “comprar”?. ¿Creen que  un 1,41% de ciudadanos vascos y un 1,28% de catalanes, pueden “manejar” la política de este país?... ¿no les dá vergüenza a los políticos del PSOE y del PP “escuchar” las demandas de estos sres. fenicios ?.

Y para colmo, con las cifras reales en la mano, estos sres. SOLO significan en el voto de su comunidad un 28,03% (P. Vasco) y un 23,68% (Cataluña),… ¿de qué independencia hablan estos individuos?.

Estamos en crisis económica e ideológica, hay que reconstruir una Nación,… o se callan y se dedican a trabajar por el bien común, o habrá que formular una nueva práctica política que ponga a cada uno en su sitio,… y una buena medida sería la Reforma de la Ley Electoral.

 

Hemos visto en la primera parte de este artículo, que NO existen razones históricas de los territorios vascos y catalanes (nunca han sido Reino y menos Nación), que sirvan para argumentar la Independencia de ningún territorio, del contexto que ha sido durante 500 años la Nación Española.

Pero como un amigo me ha apuntado (y creo que tiene razón), ellos YA no aducen ni siquiera el contexto histórico para reclamar lo que consideran un derecho, porque saben que en España han habido más de 27 Reinos, con un rango territorial e institucional al que nunca han llegado Catalanes y Vascos. Reinos que han sumado sus propios derechos y libertades a la unidad de un Estado superior e indivisible que es España, actualmente así definida legislativamente de forma constitucional.

Y esto nos sirve de BASE para mencionar nuestra Constitución de 1978 (aprobada por el 87% de los españoles), y definir de forma breve qué dice, cómo define al Estado y sus Instituciones, y las normas que hacen posible su reforma.

Artículo 2. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Existe como vemos un “implícito reconocimiento” de la realidad política y social de la España “anterior” al proceso de refundación realizado por la Constitución, y recoge por dos veces en el artº. de manera explícita la “indisoluble unidad de la Nación española”.
Los constituyentes quisieron también recoger, la fórmula jurídico-política de los Estados democráticos liberales europeos en esta 2ª mitad del siglo XX, estableciendo una fórmula similar a la empleada en otras constituciones, de que,…”la soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo, sólo pertenece a ésta el derecho de establecer leyes fundamentales. A este respecto nuestra Constitución define en su :
Artículo 1.2 - La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.



LA REFORMA CONSTITUCIONAL
La Constitución en su artº 168 y sus Concordancias en los artículos 87, 95, 166, 167, 169,  definen el Plan de Etapas previsto una posible modificación total o parcial, estableciendo de forma nítida y plausible, los mecanismos de protección que los constitucionalistas determinaron en la misma, para garantizar la manipulación sectaria de políticos desaprensivos y ambiciosos. Nuestra Carta Magna se considera como una Constitución rígida, y por lo tanto de difícil reforma sin mayorías muy absolutas de los españoles.

Creo que dichos pasos NO SON CONOCIDOS por una mayoría de los españoles, y merece la pena extractar sus pasos jurídicos y procesos de aprobación, para que antes de hablar de forma ligera en conversaciones triviales de secesiones o independentismos, a lo que estamos por desgracia muy acostumbrados los españoles, sepamos realmente de lo que estamos hablando.

1º - Es necesario que un Partido Político legalmente establecido, el Partido que vaya a proponer la Reforma Constitucional, supere las elecciones Autonómicas y las Generales, y obtenga representación parlamentaria cualificada en las Cortes Generales (tenga Grupo Propio).
2º - Dicho Partido Político a través de su representación parlamentaria, debe dar traslado a la Comisión Constitucional del Congreso de la modificación constitucional que propone (antes de ser votada por el Pleno), y dicha modificación debe ser aprobada por una mayoría de los Grupos Parlamentarios que componen la Comisión.
3º - Tras el debate de la propuesta realizada, ya en el Pleno del Congreso, tal modificación debe ser APROBADA por más de 2/3 de la Cámara (Baja), es decir al menos por 234 Diputados de los 350.
4º - Una vez Aprobada por la Cámara Baja, pasa a debate de la cámara del Senado (Cámara Alta).
5º - Tras su debate en Pleno del Senado, tal modificación debe ser Aprobada por más de 2/3 de la Cámara (Alta), es decir al menos por 139 Senadores de los 208.
            6º - Aprobada por la Cámara Alta (Senado), vuelve a su APROBACIÓN DEFINITIVA por el Congreso de los Diputados (Cámara Baja).
7º - A continuación, el Gobierno debe DISOLVER de forma inmediata las Cortes Generales y convocar Elecciones Generales.
8º - Elegidas las nuevas Cortes Generales, de nuevo El Congreso de los Diputados “deberá plantear la reforma, ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional”, que deberá ser (una vez más) aprobado por mayoría de dos tercios (2/3) de “…
·         - Primero   : Por el nuevo Congreso de los Diputados, y (pasa al Senado )…
·         - Segundo : Por el nuevo Senado electo.
9º - Una vez pasados todos estos trámites y APROBADA la reforma por las nuevas Cortes Generales electas…
10º - Tiene que ser sometida dicha Aprobación, a su RATIFICACIÓN por la mayoría de los españoles, mediante un REFERÉNDUM.








“ Una mentira adecuadamente repetida 1.000 veces se convierte en una verdad
                                                                                                                            Joseph Goebbles

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